El régimen de trabajo en casas particulares tendrá una nueva actualización salarial entre agosto y diciembre de 2026, junto con un pago no remunerativo por única vez. La resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares establece incrementos porcentuales mensuales y modifica el piso de ingresos para todo el país.
El aumento será de 1,9% desde agosto, calculado sobre los salarios mínimos conformados de julio. En septiembre se aplicará una suba de 1,8%; en octubre, de 1,7%; y en noviembre y diciembre, de 1,6% en cada mes. Las nuevas escalas para cada categoría y modalidad están incluidas en los anexos de la resolución.
La norma también dispone un pago extraordinario junto con los salarios de agosto. Será de $20.000 para quienes trabajen 16 horas semanales o más, de $11.500 para quienes cumplan entre 12 y menos de 16 horas, y de $8.000 para quienes trabajen menos de 12 horas por semana.
Ese bono no remunerativo no queda completamente separado del salario básico. La resolución ordena incorporar 25% de la suma en septiembre, 50% en octubre y el 25% restante en noviembre. En consecuencia, el pago extraordinario se transforma gradualmente en una recomposición permanente de los mínimos salariales.
El esquema combina una mejora inmediata con aumentos mensuales de menor magnitud. Para quienes reciben el salario mínimo, el efecto nominal se acumulará durante cinco meses, aunque su impacto real dependerá de la evolución de los precios y de otros gastos vinculados a la contratación formal, como las cargas y obligaciones que correspondan.
Para los hogares empleadores, la resolución eleva de manera previsibile el costo laboral del servicio hasta fin de año. La suba no se concentra en un único ajuste, sino que se distribuye en tramos sucesivos, lo que facilita anticipar el gasto mensual pero también deja menos margen para absorber aumentos si los ingresos del hogar no avanzan al mismo ritmo.
La posibilidad de pagar por encima de los mínimos legales se mantiene expresamente. Eso preserva espacio para acuerdos individuales según experiencia, tareas, ubicación y disponibilidad, pero el piso fijado por la Comisión funciona como referencia obligatoria para el vínculo laboral alcanzado por la Ley 26.844.
La principal señal de la resolución es la continuidad de una política de actualización escalonada, no un cambio abrupto en las condiciones del sector. El dato relevante para trabajadores y empleadores será cómo se comporten los precios frente a estos incrementos y si el mayor costo formal modifica decisiones sobre horas contratadas, frecuencia de las tareas o regularización de vínculos.



