La Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal aprobó un nuevo régimen de licencias para la producción, comercialización y actividades vinculadas al cáñamo con fin hortícola. La norma alcanza a una cadena que deberá operar bajo requisitos específicos de infraestructura, buenas prácticas agrícolas, identificación de lotes y control del material vegetal.

La Resolución 69/2026 establece que las licencias habilitarán únicamente las actividades expresamente incluidas en el régimen. Los operadores también deberán cumplir con las autorizaciones, habilitaciones, registros y demás exigencias que correspondan a otros organismos, entre ellos el Ministerio de Salud, la ANMAT, el SENASA, el INASE y la ARCA.

El esquema no se limita a registrar productores. La ARICCAME podrá requerir documentación adicional, realizar inspecciones, auditorías y toma de muestras, además de coordinar el intercambio de información con otros organismos. También podrá aplicar mecanismos de priorización administrativa según antecedentes registrales y otros parámetros técnicos que determine.

La resolución incorpora un esquema arancelario específico y faculta a la agencia a actualizar los valores, las modalidades de pago y otras condiciones vinculadas con su percepción. Para las empresas, ese componente suma un costo regulatorio que deberá incorporarse al cálculo de inversión, escala y rentabilidad del negocio, junto con los gastos de adecuación técnica y cumplimiento.

Los anexos aprobados fijan lineamientos mínimos de buenas prácticas agrícolas, condiciones de infraestructura, criterios para identificar y trazar lotes, procedimientos para gestionar material vegetal descartado y pautas de muestreo y análisis. En caso de resultados superiores al límite reglamentario, el régimen prevé un procedimiento de actuación específico, aunque la resolución no detalla en su articulado las exigencias completas de cada anexo.

La norma también dispone que las actuaciones administrativas tramiten con carácter reservado debido a la sensibilidad de la información técnica, comercial, productiva, sanitaria, de seguridad y de localización involucrada. La reserva busca proteger datos cuya divulgación podría afectar las tareas de control y trazabilidad, pero al mismo tiempo reduce la visibilidad pública sobre parte de la información presentada por los licenciatarios, dentro de los límites del régimen de acceso a la información pública.

El nuevo esquema se suma a los regímenes que la ARICCAME ya había establecido para el cáñamo industrial no psicoactivo y para los órganos de propagación con fines medicinales. La propia resolución aclara que las actividades alcanzadas por esas normas quedan excluidas del régimen hortícola, por lo que la cadena seguirá organizada en licencias diferenciadas según la etapa y el destino productivo.

La medida entrará en vigencia a los 30 días hábiles administrativos contados desde su publicación. Ese plazo ofrece un período de adecuación, pero no elimina la incertidumbre que puede surgir de la coordinación entre la ARICCAME y los demás organismos con competencia sobre semillas, sanidad, medicamentos, seguridad y fiscalización tributaria.

El efecto económico dependerá de cómo se implementen los aranceles, los controles y los criterios de priorización. Un marco más definido puede facilitar la previsibilidad para quienes logren cumplirlo; si los trámites, costos y requisitos se acumulan sin una coordinación eficiente, también pueden elevar las barreras de entrada y concentrar la actividad en operadores con mayor capacidad financiera y administrativa.