El Ministerio de Economía abrió un examen para revisar la medida antidumping aplicada a las bombas de agua para motores originarias de China y decidió no mantener el arancel mientras dure el procedimiento. La resolución elimina, por ahora, una protección equivalente al 246% del valor FOB de exportación que regía desde 2021.

La decisión alcanza a bombas destinadas al mercado de reposición no original, utilizadas en autos, camiones, camionetas, utilitarios, maquinaria agrícola, tractores, lanchas, grupos electrógenos y otros motores. El producto está clasificado bajo la posición arancelaria 8413.30.90.

El examen combina dos procesos: la revisión por vencimiento del plazo de la medida y un análisis por cambio de circunstancias. Para estudiar la posible recurrencia del dumping se tomará el período entre junio de 2025 y mayo de 2026, mientras que el análisis de daño abarcará desde enero de 2023 hasta mayo de 2026.

La Comisión Nacional de Comercio Exterior estimó un margen presunto de recurrencia del dumping de 16% para las exportaciones de China hacia la Argentina y de 136,14% para las ventas chinas a Colombia. También observó que, en ese tercer mercado, el precio nacionalizado fue entre 33% y 54% inferior al precio de la producción local durante el período analizado.

El riesgo señalado por el organismo no se tradujo, sin embargo, en un daño inmediato atribuible a China. Aunque las importaciones de ese origen crecieron 149% entre 2023 y 2025 y otro 27% en el período parcial de 2026, su participación nunca superó el 0,7% del mercado. La producción nacional conservó más del 80%, aunque perdió participación frente a Brasil, que llegó al 15% entre enero y mayo de 2026.

La industria local sí mostró señales de deterioro: cayeron la producción, las ventas internas, las exportaciones totales, la utilización de la capacidad instalada y el empleo. Además, los márgenes unitarios se debilitaron y quedaron por debajo del nivel de referencia en algunos modelos. Pero el propio análisis vincula esas dificultades con un mercado interno que se contrajo 4% y con una demanda que las exportaciones de la empresa solicitante no lograron compensar, sin probar que el origen chino haya sido el factor principal.

La suspensión del arancel modifica los incentivos para importadores y fabricantes. En el corto plazo, puede ampliar el espacio para cotizaciones de proveedores chinos y reducir una barrera que encarecía fuertemente el producto, aunque el efecto sobre precios y oferta dependerá de que existan operaciones efectivas. La Comisión consideró que no hay peligro inminente de un ingreso masivo porque la cadena logística y financiera desde China supera los 90 días.

La resolución deja abierta una tensión relevante: el Gobierno reconoce pruebas suficientes para investigar la posible repetición del dumping y del daño, pero también concluye que la protección vigente no es necesaria durante el trámite. Las partes interesadas tendrán 30 días desde la publicación para presentar cuestionarios, documentación y pruebas ante la Comisión Nacional de Comercio Exterior. El resultado definirá si el arancel vuelve, se modifica o desaparece de manera definitiva.