El Gobierno puso en marcha un proceso de depuración del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que puede alcanzar a los hogares cuya solicitud lleve al menos un año sin poder ser vinculada con un suministro de electricidad o gas por redes. La medida fue establecida por la Disposición 11/2026 de la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética y entra en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.
Los titulares de esas solicitudes deberán ser notificados a través de los medios de contacto declarados al momento de la inscripción. Desde esa notificación tendrán 60 días corridos para rectificar, actualizar o completar la información sobre el suministro informado, o declarar uno nuevo que pueda ser asociado con los registros enviados por las empresas prestadoras.
Si el plazo vence sin cambios que permitan concretar la vinculación, la solicitud será dada de baja. La norma no establece una baja inmediata ni modifica por sí misma los criterios generales de acceso al régimen: ordena revisar los casos en los que la información declarada no pudo conectarse con una cuenta identificable de luz o gas durante un período prolongado.
La depuración apunta a mejorar la consistencia del padrón y a evitar que permanezcan abiertas solicitudes que no pueden ser verificadas con los datos de las prestadoras. El procedimiento quedará a cargo de la Dirección de Información Energética, que deberá identificar las inscripciones alcanzadas y activar las notificaciones correspondientes.
El cambio se inscribe en la reorganización del esquema de asistencia energética. El Decreto 943/2025 unificó los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y creó el SEF, mientras que el ReSEF se conformó a partir de la información existente en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Quienes ya estaban inscriptos en el RASE no debían volver a registrarse.
Para los hogares, el punto sensible estará en la calidad y actualización de los datos declarados: un error en la identificación del suministro, un cambio de domicilio o una modificación no informada puede impedir la asociación con la base de las prestadoras. La notificación abre una instancia de corrección, pero también traslada al beneficiario la obligación de responder dentro del plazo previsto.
La norma exceptúa a las solicitudes vinculadas con el subsidio para Gas Licuado de Petróleo envasado. En esos casos, la autoridad reconoce que no existe un punto físico de suministro asociado a una prestadora y a un número de cliente, como ocurre con la electricidad y el gas distribuido por redes.
Los usuarios podrán consultar su situación en Mi Argentina, dentro de la opción Trámites, y solicitar una revisión mediante la plataforma Trámites a Distancia. El resultado concreto del proceso dependerá de cuántas solicitudes puedan ser corregidas o vinculadas durante esos 60 días; por ahora, el efecto directo de la disposición es establecer un mecanismo de control y no una reducción general del padrón de beneficiarios.



