La Administración Nacional de Aviación Civil eliminó una de las cargas formales que todavía podían trabar sus trámites: desde la publicación de la Resolución 662/2026, sus dependencias deberán aceptar como válidos los documentos firmados digitalmente y no podrán exigir certificaciones, legalizaciones o autenticaciones adicionales cuando existan mecanismos oficiales para verificar su autenticidad.

La medida alcanza a todo el personal y a todas las actuaciones de competencia de la ANAC. También reconoce como suficientes las presentaciones realizadas mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para acreditar la identidad del presentante y la autenticidad de la documentación.

El cambio no crea un nuevo sistema de firma ni modifica la validez jurídica del GDE y el TAD. La resolución ordena aplicar dentro de la ANAC herramientas que ya cuentan con respaldo legal y reglamentario, pero cuya utilización convivía con pedidos adicionales de documentación certificada, legalizada o autenticada.

Ese punto concentra el alcance económico de la norma. Cada requisito extra agrega tiempo, traslados, honorarios y riesgo de demoras para empresas, profesionales y particulares que deben interactuar con el organismo. La eliminación de esas cargas puede reducir el costo de cumplimiento, aunque el impacto concreto dependerá de que las áreas de la ANAC efectivamente dejen de pedir documentación redundante.

La resolución establece que los documentos producidos por GDE y las presentaciones efectuadas por TAD no requieren certificación ni legalización adicional para acreditar su validez ante organismos públicos nacionales. La autenticidad y la integridad podrán comprobarse mediante el Validador de Firmas Digitales.

La norma también instruye a las direcciones de la ANAC a modificar sus regulaciones, procedimientos y materiales de orientación durante la próxima revisión de cada instrumento. Esa disposición deja una diferencia entre la vigencia inmediata de la regla y la actualización gradual de los formularios, instructivos y circuitos internos.

Para los usuarios, la señal más concreta es que la documentación electrónica oficial debería tener un tratamiento equivalente al de un documento respaldado por certificaciones adicionales, siempre que pueda ser verificada por los mecanismos previstos. Eso puede simplificar presentaciones vinculadas con la actividad aeronáutica, aunque no elimina otros requisitos técnicos o sustantivos que cada trámite pueda exigir.

La resolución muestra una tensión frecuente en la administración: un sistema digital puede tener validez jurídica plena y, al mismo tiempo, enfrentar prácticas internas que conservan controles pensados para el soporte papel. La norma busca cerrar esa brecha y convertir la digitalización en una reducción efectiva de costos, no solo en un cambio de formato.