La Agencia Nacional de Seguridad Vial autorizó al municipio correntino de Curuzú Cuatiá a homologar y utilizar seis dispositivos de fiscalización en las rutas nacionales 14 y 119. La medida habilita tres radares fijos para controlar velocidad y otros tres equipos destinados a detectar adelantamientos indebidos y el uso de luces bajas obligatorias.

Los dispositivos quedarán instalados en dos corredores de tránsito nacional. En la ruta 14 funcionarán en el kilómetro 437,6, en ambos sentidos, mientras que en la ruta 119 estarán ubicados en el kilómetro 31,7, también con control ascendente y descendente. La disposición modificó los puntos originalmente solicitados para cuatro equipos en la ruta 14.

La autorización alcanza a tres cinemómetros SYSTECO DIGIMAX 4.0 y a tres detectores FLUXA WF-1100. Los radares deberán inscribirse en el Registro Nacional de Cinemómetros Controladores de Velocidad Homologados por la ANSV, una condición que vincula la validez de los controles con el registro formal de los equipos.

La norma no otorga una habilitación indefinida. La continuidad dependerá de que sigan vigentes las aprobaciones de modelo y las verificaciones primitivas o periódicas emitidas por la autoridad competente. El municipio deberá presentar esos certificados antes de su vencimiento para mantener registrada la autorización.

También deberá respetarse la señalización correspondiente y acreditarse ante la ANSV, dentro de treinta días, el requerimiento presentado ante la Dirección Nacional de Vialidad para colocar cartelería fija que advierta la presencia de los cinemómetros. La exigencia busca que el conductor conozca de antemano la existencia del control, en lugar de convertirlo en una sorpresa sobre el trayecto.

La operación quedará a cargo de personal matriculado y el municipio deberá informar quiénes serán los responsables administrativos de controlar los registros gráficos generados por los radares. La ANSV podrá imponer requisitos adicionales, exigir capacitaciones y solicitar información periódica sobre el funcionamiento de los dispositivos.

El punto más relevante de la disposición es que la propia autoridad nacional establece que estos sistemas no deben tener una función exclusivamente recaudatoria, sino preventiva, disuasoria y educativa. Esa condición será difícil de evaluar solo por la existencia de los equipos: la ANSV también podrá realizar relevamientos estadísticos y de infraestructura vial para decidir si las autorizaciones continúan o son reemplazadas por otras medidas de seguridad.

Para los conductores que circulen por esos tramos, el cambio concreto será la incorporación de nuevos puntos de control automático sobre dos rutas nacionales. Para el municipio, implica asumir costos y obligaciones administrativas, técnicas y de señalización que condicionan la validez de los registros. La autorización, por lo tanto, amplía la capacidad local de fiscalización, pero deja su continuidad atada al cumplimiento verificable de reglas nacionales y locales.