El municipio neuquino de Piedra del Águila quedó habilitado para utilizar dos dispositivos fijos de fiscalización sobre la ruta nacional 237, en uno de los principales corredores viales de la provincia. La autorización permite controlar la velocidad, los adelantamientos indebidos y el uso obligatorio de luces bajas en dos puntos cercanos entre sí.
La Disposición 262/2026 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial homologó un cinemómetro Systeco Digimax 4.0, que será instalado en el kilómetro 1446,5, en ambos sentidos de circulación. También autorizó un detector Fluxa WF-1100 para el kilómetro 1445,3, igualmente en ambos sentidos.
La medida no habilita un sistema sin condiciones. La continuidad del permiso depende de que los equipos mantengan vigentes sus aprobaciones de modelo y sus verificaciones primitivas o periódicas. El municipio deberá presentar ante la ANSV los certificados correspondientes antes de su vencimiento para sostener la autorización.
El esquema también exige que la operación quede a cargo de personal matriculado y que se cumplan los procedimientos nacionales y locales aplicables. Además, Piedra del Águila tendrá que informar los responsables administrativos encargados de revisar los registros gráficos generados por los cinemómetros.
La señalización será otro requisito central. La disposición obliga al municipio a respetar las reglas de publicidad previstas para estos controles y a acreditar, dentro de los próximos 30 días, que realizó ante la Dirección Nacional de Vialidad el requerimiento para instalar cartelería fija que indique la presencia de los cinemómetros.
Ese punto define una parte relevante de la relación entre fiscalización y cumplimiento. La norma establece que los dispositivos deben tener una función preventiva, disuasoria y educativa, y no exclusivamente recaudatoria. La señalización previa busca que el conductor conozca la existencia del control antes de quedar expuesto a una infracción.
Para quienes circulen por ese tramo de la ruta 237, el cambio concreto es la incorporación de dos mecanismos automáticos con capacidad de generar registros sobre velocidad, adelantamientos y luces. La disposición no informa multas, umbrales de tolerancia ni una fecha operativa distinta de la autorización, por lo que esos aspectos no pueden inferirse del texto.
La ANSV, además, podrá solicitar informes periódicos y realizar relevamientos estadísticos y de infraestructura vial para evaluar si las autorizaciones deben continuar o ser reemplazadas por otras medidas. El permiso queda así atado no solo a la validez técnica de los equipos, sino también a la información que produzca su funcionamiento y a los objetivos de reducción de la siniestralidad.
La medida muestra cómo una autorización administrativa nacional transforma una decisión local en un esquema de control sujeto a estándares, registros y supervisión interjurisdiccional. Para que el sistema gane legitimidad, la trazabilidad de los equipos, la publicidad de su ubicación y la revisión de sus resultados serán tan importantes como la capacidad técnica para detectar infracciones.



