La Autoridad Regulatoria Nuclear otorgó a la Comisión Nacional de Energía Atómica la licencia de operación para el Laboratorio Mock-up, una instalación Clase II ubicada en el Complejo Tecnológico Pilcaniyeu. La autorización llegó pese a que la CNEA no había pagado la tasa regulatoria correspondiente y quedó formalizada como una excepción a la normativa vigente.
La deuda surge de la factura N° 0001-00072329, vinculada con la tasa que deben abonar los usuarios de material radiactivo. La Ley 24.804 establece ese pago como una obligación para quienes desarrollan actividades nucleares y faculta a la ARN a otorgar, suspender o revocar las licencias, permisos y autorizaciones respectivas.
La resolución no elimina la obligación pendiente. La licencia incorpora los intereses punitorios previstos en el artículo 26 de la ley, pero permite que el laboratorio continúe el trámite y opere bajo las condiciones establecidas en el anexo de la norma. La excepción, por lo tanto, está asociada al requisito de pago y no al cumplimiento de los procedimientos técnicos de autorización.
Según surge del expediente, las áreas de control y licenciamiento recomendaron avanzar porque la instalación cumplía con los procedimientos regulatorios y con los requerimientos técnicos aplicables. La CNEA también argumentó que el laboratorio tiene un carácter estratégico para validar modelos de cálculo, ensayar componentes en condiciones operativas reales y formar personal especializado.
El punto relevante es la tensión entre una regla general de financiamiento del control nuclear y una excepción fundada en el interés público de la instalación. La ARN consideró que exigir el pago antes de otorgar la licencia podía demorar una actividad que, según la propia resolución, cumple funciones de investigación, validación y capacitación. A cambio, mantuvo la deuda y los intereses como obligación exigible.
La decisión deja una señal institucional ambivalente. Por un lado, muestra que la regulación puede contemplar actividades consideradas críticas sin convertir un incumplimiento administrativo en una interrupción automática. Por otro, cada excepción reduce la previsibilidad de la regla si no queda limitada a circunstancias concretas y verificables: el criterio aplicado a una entidad estatal puede convertirse en un antecedente para futuros pedidos de trato diferencial.
El efecto económico directo parece acotado al vínculo entre la CNEA y la autoridad regulatoria, pero el caso importa por el modo en que se administran las obligaciones dentro del propio Estado. La tasa financia la actividad de control y su cobro forma parte del diseño institucional; permitir la operación con el pago pendiente preserva una capacidad técnica específica, aunque posterga la disciplina financiera asociada a la autorización.
La Resolución 256/2026 fue aprobada por el directorio de la ARN en su reunión del 20 de mayo y publicada el 11 de septiembre de 2026. La licencia habilita al Laboratorio Mock-up bajo las condiciones del anexo y con la aplicación de los intereses punitorios correspondientes.



