La Secretaría General de la Presidencia cedió sin cargo a la Agencia Federal de Emergencias bienes de rezago aduanero que permanecían bajo custodia del servicio aduanero. La medida busca destinarlos a la preparación y respuesta frente a emergencias, incluido el Plan de Coordinación Federal ENOS 2026/2027.
La cesión alcanza mercaderías incluidas en una resolución de la Aduana de La Plata y en tres disposiciones de la Aduana de Ezeiza. El texto no detalla qué bienes forman parte del lote ni cuál es su valor económico, por lo que el alcance material de la transferencia no puede dimensionarse a partir de la norma.
La Agencia Federal de Emergencias, organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Seguridad Nacional, podrá utilizar los bienes para sus tareas de coordinación y seguimiento frente a los efectos asociados al fenómeno El Niño. También quedan contemplados el resto de las emergencias bajo su competencia y el aprovisionamiento preventivo de provincias, municipios, brigadas nacionales, bomberos voluntarios, fuerzas de seguridad y otros organismos del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo.
La operación no implica una venta ni un ingreso para el Estado: se trata de una entrega sin cargo de mercadería cuya situación jurídica ya había sido encuadrada bajo la Ley 25.603. El esquema permite reasignar bienes que, en lugar de permanecer en depósitos fiscales, pueden ser afectados a una finalidad pública específica, aunque la norma no informa cuánto tiempo llevaban almacenados ni qué costos de custodia estaban generando.
La disposición fija obligaciones para evitar que la cesión quede en una transferencia meramente formal. La Agencia deberá informar dentro de los diez días posteriores a la notificación la fecha estimada de retiro de las mercaderías, incluso si se trata de una fecha provisoria.
Además, tendrá 90 días hábiles desde la publicación para remitir la conformidad del inventario junto con el acta de aceptación definitiva. Si detecta bienes que no son aptos, deberá presentar un acta de rechazo con el detalle correspondiente. Si no retira las mercaderías ni manifiesta su negativa dentro del plazo previsto, la cesión se considerará rechazada.
La Ley 25.603 también establece que los bienes entregados deben conservar el destino definido en la donación y prohíbe su comercialización por cinco años desde la recepción. Esa restricción busca impedir que una transferencia patrimonial del Estado hacia un organismo público termine convertida en una venta o en un uso distinto del autorizado.
El efecto inmediato dependerá menos de la firma de la disposición que de la calidad y utilidad concreta de los bienes, de su retiro efectivo y de los controles posteriores. Sin información sobre el inventario, la novedad tiene relevancia institucional y operativa, pero todavía no permite estimar un impacto fiscal o económico significativo. La señal central es la formalización de un mecanismo para transformar mercadería de rezago aduanero en insumos para la gestión de emergencias, con trazabilidad y límites de uso.



