La ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización y la distribución de todas las unidades identificadas como “Alta frecuencia. TEXEL Modelo AF”, luego de detectar que el equipo secuestrado en una causa judicial no estaba registrado y que no podía acreditarse su calidad, seguridad ni aptitud.
La disposición 5829/2026 alcanza al modelo con la identificación “N° Serie: 04491-823, 220 hz, 50/60 hz, Pol 50 Vatios Tipo B”. Aunque la actuación se originó en un equipo individual incautado durante un allanamiento, la prohibición se extendió a todas las series del producto.
El expediente se inició a partir de un oficio del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Martín, que consultó a la autoridad sanitaria sobre dos equipos de estética bajo resguardo policial. Uno de ellos, identificado como “CURVILINE PRESOTERAPIA SECUENCIAL ATHENEA”, ya tenía prohibido su uso, comercialización y distribución por una disposición de 2024.
En el caso del equipo de alta frecuencia TEXEL, la ANMAT informó que no figuraba registrado al momento del secuestro. Además, la búsqueda técnica realizada por el organismo no arrojó datos de autorización. Esa ausencia no prueba por sí sola cómo fue utilizado ni si produjo daños concretos, pero impide verificar formalmente sus condiciones de seguridad y conservación.
La medida tiene un efecto inmediato sobre quienes comercialicen, distribuyan o utilicen equipos de ese modelo en el país. También eleva el riesgo regulatorio para prestadores de servicios estéticos que todavía conserven unidades, porque la prohibición no se limita a nuevas ventas: incluye expresamente el uso del producto.
Para los consumidores, la señal relevante es que la identificación comercial o la disponibilidad en el mercado no equivalen a autorización sanitaria. En este caso, la intervención se produjo después de un procedimiento judicial y no a partir de una certificación de seguridad del equipo, lo que deja expuesto el costo de operar con productos cuya trazabilidad regulatoria no está acreditada.
La ANMAT comunicó la decisión al juzgado interviniente y a la autoridad nacional encargada de la defensa del consumidor y la lealtad comercial. La coordinación entre ambos ámbitos apunta a que la prohibición tenga efectos sobre la oferta y también sobre la información disponible para eventuales adquirentes.
El acto agota la vía administrativa respecto de la prohibición, aunque habilita recursos de reconsideración o alzada y una acción judicial dentro de los plazos previstos por la normativa. Mientras tanto, la disposición mantiene el alcance nacional y se aplica a todas las series del equipo identificado.



