La ANMAT prohibió en todo el territorio nacional el uso, la comercialización y la distribución de cualquier medicamento o producto médico identificado con la marca Caflab o Caflab Applied Science, hasta que obtenga la autorización sanitaria correspondiente. La medida alcanza a los productos ofrecidos para uso en medicina humana, no solo al artículo que originó la investigación.
El expediente comenzó a partir de una denuncia por la compra, a través de Mercado Libre, de un frasco de ácido tricloroacético al 30% presentado como solución tópica para tratar verrugas, condilomas, queratosis y otras afecciones dermatológicas. La autoridad también detectó en el sitio de la firma otras sustancias, como tinción de Gram, lugol, safranina, azul de metileno y solución salina fisiológica.
La investigación determinó que Laboratorio Caflab no figuraba registrado ante la ANMAT como establecimiento de medicamentos, productos médicos, productos para diagnóstico de uso in vitro o cosméticos. Tampoco aparecía habilitado ante la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud bonaerense, ni se encontró autorización para el establecimiento declarado en Luis Guillón.
El punto central de la disposición no es solamente la venta por canales digitales. La ANMAT sostuvo que los productos eran promocionados con indicaciones terapéuticas y que, por su composición y presentación, podían encuadrarse como medicamentos o productos médicos. Al no existir registros que permitieran verificar su elaboración, formulación y controles, la autoridad consideró que no podía garantizarse su eficacia ni su seguridad.
Las publicaciones identificadas en Mercado Libre, junto con perfiles vinculados en Instagram y Facebook, ya habían sido dadas de baja al momento de la intervención. Además, se solicitó a Tienda Nube que evaluara la eventual eliminación del dominio asociado. La medida muestra cómo una oferta que puede circular con relativa facilidad en plataformas digitales queda alcanzada por reglas sanitarias que no dependen del canal utilizado.
La prohibición también fue comunicada al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial. Para consumidores y profesionales, el efecto concreto es que cualquier producto de la marca destinado a uso humano queda fuera del circuito legal hasta que exista una autorización sanitaria, incluso si se ofrece con una descripción comercial o terapéutica distinta.
La Dirección de Asuntos Jurídicos de la ANMAT formuló además una denuncia penal por la presunta comisión de un delito contra la salud pública. Esa presentación no equivale a una condena y deberá seguir su trámite correspondiente, pero agrega una dimensión institucional al caso: la autoridad no solo retiró productos del mercado, sino que también puso bajo investigación la actividad de elaboración y distribución.
La disposición deja una señal relevante para el comercio de productos médicos por internet. La ausencia de registro no es un incumplimiento meramente formal cuando impide conocer qué se fabrica, bajo qué condiciones y con qué composición; en ese escenario, la venta digital puede ampliar rápidamente la exposición de los usuarios a bienes cuya calidad no fue verificada por la autoridad sanitaria.



