El INDEC actualizó los montos de las multas que pueden aplicarse por no entregar en término la información requerida para las estadísticas y los censos oficiales, falsearla u omitir datos de manera maliciosa. La nueva resolución fue publicada el 22 de septiembre y reemplazó los valores establecidos en marzo de 2026.

La sanción mínima quedó fijada en $19.397,92 y la máxima en $1.924.720,29. También se actualizó a $39.454,30 el monto a partir del cual las multas son apelables, según lo previsto por la normativa vigente.

El ajuste se realizó con base en la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) registrada entre enero y junio de 2026. La ley establece que estos importes deben reajustarse semestralmente, cada 1° de enero y 1° de julio, de acuerdo con la evolución de los precios mayoristas.

La resolución también derogó formalmente la norma que había fijado los montos anteriores. El mecanismo busca evitar que las multas queden nominalmente congeladas frente a la inflación mayorista, aunque la actualización no modifica las obligaciones de informar ni amplía, según el texto publicado, los supuestos que pueden dar lugar a una sanción.

Para empresas, entidades y personas alcanzadas por los relevamientos del Sistema Estadístico Nacional, el cambio eleva el costo monetario de incumplir con los requerimientos del organismo. La obligación deja de ser solo administrativa: una respuesta tardía, incompleta o falsa puede derivar en una penalidad de hasta casi $1,9 millones.

El nuevo esquema también conserva una diferencia relevante entre el monto máximo de la multa y el umbral de inapelabilidad. Que una sanción sea inferior a $39.454,30 no significa que el incumplimiento deje de ser sancionable, sino que ese importe define el límite previsto para recurrir la multa conforme al decreto reglamentario.

La actualización tiene un alcance regulatorio concreto, pero no constituye por sí misma un cambio en la metodología estadística ni en los indicadores que publica el INDEC. Su efecto principal está en los incentivos para entregar la información solicitada y en el costo que enfrentan quienes no cumplan con los requerimientos oficiales.

El dato también deja una señal sobre el funcionamiento nominal de las sanciones administrativas: cuando los montos se ajustan por precios mayoristas, la inflación modifica periódicamente el valor real de las penalidades. La efectividad del mecanismo dependerá, además, de que las multas sean aplicadas y cobradas, algo que la resolución no informa.