La Administración Nacional de Aviación Civil modificó el reglamento de los servicios médicos en los aeropuertos argentinos y estableció un plazo de 60 días para que los explotadores de aeródromos adapten sus estructuras. La medida reemplaza la regulación aprobada en 2023 y alcanza a los aeródromos abiertos al uso público bajo el nuevo esquema definido por la autoridad aeronáutica.

La Resolución 739/2026 deroga la Resolución 522/2023 y aprueba una nueva Regulación de los Servicios Médicos de los Aeropuertos. La norma entra en vigencia con su publicación y obliga a los explotadores a ajustarse a sus lineamientos dentro de los 60 días.

El cambio central es la incorporación de un criterio de adecuación y proporcionalidad de los recursos. Según la resolución, la regulación busca evitar tanto la falta de medios como la asignación de recursos superiores a las necesidades operativas reales. Para eso, prevé niveles de prestación diferenciados determinados mediante evaluación técnica, aunque mantiene como condición un nivel de respuesta compatible con la seguridad operacional.

La modificación también busca ordenar la frontera entre la atención sanitaria ordinaria y la respuesta ante accidentes o emergencias aéreas. La ANAC señala que los consultorios de primeros auxilios para situaciones no derivadas de accidentes o emergencias corresponden al explotador del aeródromo o al explotador aéreo, mientras que los planes de emergencia deben coordinar a los organismos, empresas y dependencias que actúan dentro del aeropuerto.

El efecto más inmediato recaerá sobre los operadores aeroportuarios, que deberán revisar sus servicios, instalaciones y recursos disponibles antes de que venza el plazo de adaptación. La nueva regla puede reducir exigencias uniformes cuando no se correspondan con la escala o las operaciones de cada aeropuerto, pero también traslada a la evaluación técnica una parte relevante de la definición sobre qué nivel de prestación resulta suficiente.

Esa flexibilidad puede evitar costos fijos innecesarios en aeródromos con necesidades diferentes, aunque su resultado dependerá de cómo se apliquen los criterios técnicos y de cuánto margen exista para justificar excepciones o niveles diferenciados. La resolución no detalla en su cuerpo los parámetros concretos de esa evaluación, que forman parte de la regulación aprobada como anexo.

Para los pasajeros y usuarios, el cambio no implica automáticamente una reducción o una mejora visible en la atención médica. El impacto dependerá de la forma en que cada explotador implemente los nuevos lineamientos y de la capacidad de coordinación ante emergencias. La norma mantiene el objetivo de fortalecer la respuesta, pero permite que la estructura de recursos se ajuste a las necesidades operativas de cada aeropuerto.

La decisión llega después de que la ANAC identificara cambios normativos, operativos y en la disponibilidad de estructuras de salud cercanas a aeródromos y aeropuertos desde la regulación de 2023. El punto relevante no es solo el reemplazo formal de una resolución, sino el pasaje hacia un esquema que busca diferenciar obligaciones según las condiciones de cada operación, con la autoridad aeronáutica como responsable de encuadrar esa adecuación.