El SENASA redefinió el Programa Nacional de Lobesia botrana y estableció nuevas condiciones para el movimiento de uva, pasas, plantas, maquinaria agrícola y vehículos vinculados con la producción vitivinícola. La resolución, publicada el 25 de septiembre, rige en todo el país y reemplaza el marco aprobado en 2025.
La norma conserva el programa de prevención y erradicación de la plaga, pero ordena sus medidas alrededor de cinco componentes: control, vigilancia, fiscalización, capacitación e investigación. El objetivo declarado es reducir el impacto de Lobesia botrana sobre la producción y la comercialización vitivinícola y sobre otros cultivos hospedantes, con herramientas basadas en monitoreo y evaluación de riesgo.
El cambio más concreto para la cadena es la obligatoriedad del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal Electrónico (DTV-e) para trasladar fruta de vid destinada al consumo en fresco o a vinificación, material de propagación, pasas sin industrializar y residuos que puedan quedar en la maquinaria agrícola. El documento también será necesario para amparar el traslado de cosechadoras de vid desde zonas con presencia de la plaga hacia áreas libres.
La resolución distingue entre áreas bajo supresión, áreas de baja prevalencia y áreas libres. En las dos primeras se aplican medidas para contener o erradicar la plaga, mientras que las áreas libres quedan sujetas a protocolos ante cualquier detección. Una captura simple activa una alerta fitosanitaria y una captura múltiple puede derivar en una emergencia, con acciones definidas por un plan de contingencia.
El movimiento de uva fresca desde áreas con presencia hacia zonas libres deberá realizarse mediante un sistema de mitigación de riesgo o con tratamiento cuarentenario. Para la uva destinada a vinificación, el traslado desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia áreas libres deberá hacerse en forma de mosto. Las pasas sin industrializar también requerirán tratamiento cuarentenario cuando se desplacen hacia áreas libres, mientras que se prohíbe el egreso de orujo no agotado, escobajo y otros subproductos desde esas zonas.
La regulación también impone costos operativos específicos a la maquinaria y a los equipos de cosecha. Antes de cruzar desde áreas bajo supresión o de baja prevalencia hacia áreas libres, cosechadoras, podadoras, recipientes y camiones deberán ser lavados con agua a presión, desinfectados con vapor y desinsectados con productos autorizados en lugares habilitados. El responsable deberá emitir un certificado con los datos del equipo, el tratamiento aplicado y su destino.
Para los productores, operadores de material de propagación y empresas de servicios agrícolas, el efecto no se limita a un trámite adicional. La circulación entre zonas con distinto estatus sanitario puede exigir tratamientos, certificados, coberturas de carga, registros y coordinación con puntos de control. Eso puede elevar los costos y extender los tiempos de traslado, aunque también busca reducir el riesgo de que una plaga presente en una zona se propague a regiones que todavía conservan la condición de libres.
La resolución obliga además a los responsables de establecimientos productivos a mantener un Libro de Medidas Fitosanitarias, con información sobre ubicación, responsable, lote, variedad y aplicaciones realizadas. Ese registro migrará a formato digital durante la campaña 2027; hasta entonces se aceptará el soporte papel. La trazabilidad deja así de ser un elemento accesorio y pasa a formar parte de las condiciones para producir y mover bienes dentro de la cadena.
El nuevo esquema mantiene facultades amplias para que la Dirección Nacional de Protección Vegetal dicte procedimientos complementarios y modifique la norma para optimizar su implementación. El incumplimiento puede derivar en sanciones y medidas preventivas, incluida la destrucción de plantas, productos y subproductos. La señal para el sector es precisa: preservar áreas libres tendrá prioridad sobre la flexibilidad logística, y el acceso a esos mercados dependerá cada vez más de demostrar el origen y el tratamiento de cada carga.



