La Superintendencia de Riesgos del Trabajo actualizó desde el 1 de octubre el valor de referencia utilizado para determinar las sanciones previstas en el régimen de riesgos del trabajo. El nuevo importe quedó fijado en $95.864,67, una cifra que surge de aplicar la equivalencia del MOPRE sobre el Haber Mínimo Garantizado actualizado por ANSES.
El cambio tiene un origen concreto: el Haber Mínimo Garantizado para octubre fue establecido en $435.748,51, luego de una actualización mensual de 1,66%. Sobre ese monto se aplica la equivalencia del 22% prevista por el Decreto 1.694/09, mecanismo que la SRT utiliza para publicar el importe actualizado.
La modificación importa principalmente para las ART, los empleadores autoasegurados y las compañías de seguros de retiro alcanzadas por el régimen sancionatorio. La Ley 24.557 establece multas de entre 20 y 2.000 AMPOs por determinados incumplimientos, mientras que el marco normativo posterior vinculó esa referencia con el MOPRE y su equivalencia respecto del haber mínimo.
Por eso, aunque la resolución no cambia por sí misma las conductas sancionables ni crea una nueva obligación para las empresas, sí actualiza el valor monetario de referencia que interviene en el esquema de multas. El efecto es regulatorio y financiero: ante un mismo incumplimiento alcanzado por el régimen, la unidad de referencia utilizada para determinar la sanción queda expresada con un importe mayor al vigente anteriormente.
La actualización también muestra cómo una variable previsional termina trasladándose a otro régimen regulatorio. El mecanismo definido en 2009 vincula el MOPRE con el Haber Mínimo Garantizado, mientras que desde 2024 los haberes previsionales se actualizan mensualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor Nacional. Así, una decisión sobre movilidad previsional termina afectando una referencia utilizada en el sistema de riesgos del trabajo.
Para las empresas alcanzadas, el dato relevante no es solo el nuevo valor nominal sino su utilización efectiva dentro del régimen sancionatorio. La exposición económica asociada a un incumplimiento puede aumentar cuando se actualiza la unidad de referencia, aunque el impacto concreto dependerá de la infracción y de la cantidad de unidades aplicables en cada caso.
La resolución tiene efectos desde el 1 de octubre de 2026 y cumple con la actualización que la normativa asigna a la SRT cada vez que ANSES modifica el Haber Mínimo Garantizado. No introduce, según el texto publicado, un cambio en la fórmula de movilidad previsional ni en la estructura general de sanciones: actualiza el importe de referencia conforme al mecanismo vigente.
El punto a seguir es cómo esta actualización se traduce en los costos regulatorios de ART y empleadores autoasegurados. En un régimen donde las multas están expresadas mediante unidades vinculadas a otra variable previsional, los cambios en esa referencia terminan teniendo consecuencias económicas fuera del sistema previsional aunque no exista una modificación específica de las reglas de cumplimiento.



